La Corte Penal Internacional es un tribunal de justicia internacional permanente cuya misión es juzgar a las personas que han cometido crímenes de genocidio, de guerra y de lesa humanidad como la esclavitud, el apartheid, el exterminio, los asesinatos, las desapariciones forzadas, las torturas, los secuestros y el delito de agresión, el terrorismo, entre otros.
La Corte está formada por la Presidencia, la División de Prejuicio, la Oficina del Fiscal y el Registro. Cuenta con 18 jueces, elegidos por la Asamblea de Estados partes por un período de 9 años. No puede haber dos jueces de la misma nacionalidad. Ellos se encargan de elegir al Presidente, mientras que el Fiscal es elegido por votación secreta por la Asamblea de Estados partes. La Corte tiene su sede en La Haya pero puede reunirse en otros lugares.
Qué condiciones son requeridas para que la Corte actúe
Hay ciertas condiciones claramente especificadas en el Estatuto de Roma bajo las cuales la Corte puede ejercer su jurisdicción, así como requerimientos específicos de cuando puede hacerlo. Existen muchas salvaguardas para prevenir persecuciones por motivos frívolos o políticos, con amplias y repetitivas oportunidades para refutar la jurisdicción. Cuando un Estado ratifica el Estatuto, está de acuerdo en aceptar la jurisdicción de la Corte en los crímenes alistados en el Estatuto.
La Corte puede ejercer su jurisdicción en situaciones que cumplan una de las siguientes condiciones: que una o más de las partes involucradas sea un Estado Parte; que el acusado sea un nacional del Estado Parte, que el crimen sea cometido en el territorio de un Estado Parte; o que el Estado no parte del Estatuto quiera aceptar la jurisdicción de la Corte sobre un crimen específico que haya sido cometido en su territorio o por sus nacionales. Pero estas condiciones no aplican cuando el Consejo de Seguridad, actuando bajo el Capítulo VII de la Carta se refiera a una situación del Fiscal.
Pero existe una precondición a la actuación de la Corte. Ya sea que un Estado Parte refiera la "situación" al Fiscal; que el Consejo de Seguridad refiera la "situación" al Fiscal o que el Fiscal iniciaría una investigación bajo su propia autoridad como lo indica el Estatuto.
La presidencia : Está compuesta por el Presidente, el primer y el Segundo Vicepresidentes, quienes son electos por mayoría absoluta de los jueces por un término renovable de tres años.
La presidencia es responsable por la administración de la propia Corte, con excepción de la Oficina del Fiscal, aunque la presidencia coordinará y observará la concurrencia del Fiscal en todos los asuntos de mutuo interés.
Actualmente el Juez Philippe Kirsch funge como Presidente, mientras la Juez Akua Kuenyehia es la Primera Vicepresidente, y la Juez Elizabeth Odio Benito es Segunda Vicepresidenta de la Corte
Las Cámaras : Existen tres divisiones en la corte:
Cada División es responsable por llevar a cabo las funciones judiciales de la Corte. La División de Apelaciones se compone por el Presidente y otros cuatro jueces, mientras que la Dimisión de Juicio y la de Pre-juicio cuentan con no menos de seis jueces cada una. Estas dos últimas Divisiones se componen predominantemente de jueces con experiencia en juicios criminales. Los jueces son asignados a estas divisiones por un período de tres años y hasta el final de cualquier caso cuya audiencia haya comenzado
La Oficina del Fiscal : El mandato de esta Oficina es conducir las investigaciones y persecución de crímenes que caen dentro de la jurisdicción de la Corte (crímenes de genocidio, de lesa humanidad y de guerra, en un período posterior , y una vez que los Estados hayan acordado una definición para el crimen de agresión , la Oficina podrá investigar y perseguir este crimen)
A través de las investigaciones y la persecución de tales crímenes, la Oficina contribuirá a terminar con la impunidad para los perpetradoras de los más serios crímenes de interés para la comunidad internacional en su conjunto, y así contribuirá a la prevención de tales crímenes.
El fiscal actual es el Sr. Luis Moreno Ocampo quien entró en funciones el 16 de junio de 2003
La Secretaría : La Secretaría es el órgano responsable de los aspectos no judiciales de la administración de la Corte y de prestarle servicios (traducción, finanzas, personal y demás servicios exclusivos para una Corte internacional)
La Secretaría es dirigida por un Secretario elegido por los jueces por un período de 5 años y que ejercerá sus funciones bajo la autoridad del Presidente de la Corte. Un Secretario Adjunto podrá ser elegido para servir si es requerido.
El Secretario también es responsable de establecer una Dependencia de Víctimas y Testigos dentro de la Secretaría. Esta Dependencia, en consulta con la Fiscalía, adoptará medidas de protección y dispositivos de seguridad y prestará asesoramiento y otro tipo de asistencia a testigos y víctimas que comparezcan ante la Corte, y a otras personas que estén en peligro en razón del testimonio prestado. La Dependencia contará con personal especializado para atender a las víctimas de traumas, incluidos los relacionados con delitos de violencia sexual.
JUECES
La Corte está integrada por 18 Jueces que son elegidos a partir de dos listas:
Lista A: Consiste en candidatos con gran competencia en derecho penal y procesal, así como la experiencia necesaria como juez, fiscal, abogado u otra labor similar en procesos criminales
Lista B: Consiste en candidatos con gran competencia en áreas de derecho internacional, tales como derecho humanitario internacional y la codificación de los derechos humanos, así como una extensa experiencia legal profesional que sea de relevancia para el trabajo judicial de la Corte
CIBERGRAFIA
La Corte está formada por la Presidencia, la División de Prejuicio, la Oficina del Fiscal y el Registro. Cuenta con 18 jueces, elegidos por la Asamblea de Estados partes por un período de 9 años. No puede haber dos jueces de la misma nacionalidad. Ellos se encargan de elegir al Presidente, mientras que el Fiscal es elegido por votación secreta por la Asamblea de Estados partes. La Corte tiene su sede en La Haya pero puede reunirse en otros lugares.
Qué condiciones son requeridas para que la Corte actúe
Hay ciertas condiciones claramente especificadas en el Estatuto de Roma bajo las cuales la Corte puede ejercer su jurisdicción, así como requerimientos específicos de cuando puede hacerlo. Existen muchas salvaguardas para prevenir persecuciones por motivos frívolos o políticos, con amplias y repetitivas oportunidades para refutar la jurisdicción. Cuando un Estado ratifica el Estatuto, está de acuerdo en aceptar la jurisdicción de la Corte en los crímenes alistados en el Estatuto.
La Corte puede ejercer su jurisdicción en situaciones que cumplan una de las siguientes condiciones: que una o más de las partes involucradas sea un Estado Parte; que el acusado sea un nacional del Estado Parte, que el crimen sea cometido en el territorio de un Estado Parte; o que el Estado no parte del Estatuto quiera aceptar la jurisdicción de la Corte sobre un crimen específico que haya sido cometido en su territorio o por sus nacionales. Pero estas condiciones no aplican cuando el Consejo de Seguridad, actuando bajo el Capítulo VII de la Carta se refiera a una situación del Fiscal.
Pero existe una precondición a la actuación de la Corte. Ya sea que un Estado Parte refiera la "situación" al Fiscal; que el Consejo de Seguridad refiera la "situación" al Fiscal o que el Fiscal iniciaría una investigación bajo su propia autoridad como lo indica el Estatuto.
Órganos de la Corte
La Corte Penal Internacional se encuentra formada por cuatro órganos principalesLa presidencia : Está compuesta por el Presidente, el primer y el Segundo Vicepresidentes, quienes son electos por mayoría absoluta de los jueces por un término renovable de tres años.
La presidencia es responsable por la administración de la propia Corte, con excepción de la Oficina del Fiscal, aunque la presidencia coordinará y observará la concurrencia del Fiscal en todos los asuntos de mutuo interés.
Actualmente el Juez Philippe Kirsch funge como Presidente, mientras la Juez Akua Kuenyehia es la Primera Vicepresidente, y la Juez Elizabeth Odio Benito es Segunda Vicepresidenta de la Corte
Las Cámaras : Existen tres divisiones en la corte:
- División de Apelaciones
- División de Juicio
- División de Pre-juicio
Cada División es responsable por llevar a cabo las funciones judiciales de la Corte. La División de Apelaciones se compone por el Presidente y otros cuatro jueces, mientras que la Dimisión de Juicio y la de Pre-juicio cuentan con no menos de seis jueces cada una. Estas dos últimas Divisiones se componen predominantemente de jueces con experiencia en juicios criminales. Los jueces son asignados a estas divisiones por un período de tres años y hasta el final de cualquier caso cuya audiencia haya comenzado
La Oficina del Fiscal : El mandato de esta Oficina es conducir las investigaciones y persecución de crímenes que caen dentro de la jurisdicción de la Corte (crímenes de genocidio, de lesa humanidad y de guerra, en un período posterior , y una vez que los Estados hayan acordado una definición para el crimen de agresión , la Oficina podrá investigar y perseguir este crimen)
A través de las investigaciones y la persecución de tales crímenes, la Oficina contribuirá a terminar con la impunidad para los perpetradoras de los más serios crímenes de interés para la comunidad internacional en su conjunto, y así contribuirá a la prevención de tales crímenes.
El fiscal actual es el Sr. Luis Moreno Ocampo quien entró en funciones el 16 de junio de 2003
La Secretaría : La Secretaría es el órgano responsable de los aspectos no judiciales de la administración de la Corte y de prestarle servicios (traducción, finanzas, personal y demás servicios exclusivos para una Corte internacional)
La Secretaría es dirigida por un Secretario elegido por los jueces por un período de 5 años y que ejercerá sus funciones bajo la autoridad del Presidente de la Corte. Un Secretario Adjunto podrá ser elegido para servir si es requerido.
El Secretario también es responsable de establecer una Dependencia de Víctimas y Testigos dentro de la Secretaría. Esta Dependencia, en consulta con la Fiscalía, adoptará medidas de protección y dispositivos de seguridad y prestará asesoramiento y otro tipo de asistencia a testigos y víctimas que comparezcan ante la Corte, y a otras personas que estén en peligro en razón del testimonio prestado. La Dependencia contará con personal especializado para atender a las víctimas de traumas, incluidos los relacionados con delitos de violencia sexual.
JUECES
Lista A: Consiste en candidatos con gran competencia en derecho penal y procesal, así como la experiencia necesaria como juez, fiscal, abogado u otra labor similar en procesos criminales
Lista B: Consiste en candidatos con gran competencia en áreas de derecho internacional, tales como derecho humanitario internacional y la codificación de los derechos humanos, así como una extensa experiencia legal profesional que sea de relevancia para el trabajo judicial de la Corte
CIBERGRAFIA
- http://www.un.org/spanish/news/facts/iccfact.htm
- http://es.wikipedia.org/wiki/Corte_Penal_Internacional
- http://www.cinu.org.mx/temas/Derint/cpi.htm
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